Más de 200 mil pensionados de la región de Valparaíso recibirán aguinaldo navideño
Del total regional, la comuna de Valparaíso concentra el mayor número de beneficiarios con 38 mil 558. Le siguen Viña del Mar (36.961), Quilpué (16.209) y San Antonio (14.565). Cada uno recibirá $21.164 y un monto de $11.957 extra por carga familiar acreditada al 30 de noviembre de este año.
La seremi del Trabajo, Karen Medina y el director regional del Instituto de Previsión Social, Juan Carlos Tapia, llegaron hasta la Caja de Compensación Los Héroes de la comuna de Valparaíso para verificar el inicio del pago del aguinaldo de Navidad, que favorecerá a más de dos millones de personas a nivel nacional, de las cuales un total de 201.778 son de la V región.
Junto con destacar el esfuerzo del Gobierno para hacer entrega del beneficio, las autoridades sostuvieron que “Este es un mes muy especial, porque es cuando nuestros pensionados tienen el derecho a recibir el aguinaldo navideño que ayuda en alguna medida a solventar los gastos propios de fin de año”.
La seremi indicó que “este beneficio se suma a otros que el Gobierno entrega revelando un compromiso especial con nuestros adultos mayores y que viene muy bien en esta época del año”, resaltando que “estamos difundiendo el que es un derecho social porque queremos que toda la ayuda que dispone el estado llegue a quien corresponda”.
El director del IPS subrayó que en la Región de Valparaíso el monto llegará a más de 200 mil pensionados, precisando que por provincias en Valparaíso hay 85.205 beneficiarios; en Marga Marga son 33.553; en Quillota son 23.748; en San Antonio son 21.142; en San Felipe, 17.969; y en Petorca hay 10.105. En tanto, a la provincia de Los Andes corresponden 9.738 y en Isla de Pascua son 318 las personas con derecho a aguinaldo.
Tapia precisó que tienen derecho a recibir el beneficio “de manera automática y sin mediar trámite alguno quienes al 30 de Noviembre de 2016 tengan la calidad de pensionados o pensionadas del IPS, de las Cajas de Previsión Dipreca y Capredena, del Instituto de Seguridad Laboral y de las Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo; también los Pensionados del DL 3500 (Sistema de AFP) que se encuentren percibiendo a la señalada fecha pensiones mínimas con Garantía Estatal o Aporte Previsional Solidario.