OlmuéProvincia de Marga-Marga

Ordenanza Municipal regula el ascenso al Cerro La Campana

 

DSC_0105 (2)

Documento se hizo público en conferencia realizada en el Parque Nacional por alcaldesa de Olmué y director regional de CONAF

En el acceso “La Troya” del Parque Nacional La Campana, la Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Olmué, Macarena Santelices Cañas; junto al Director Regional de CONAF, Pablo Mira Gazmuri; y el Superintendente del Cuerpo de Bomberos de Olmué, Nelson Salgado Márquez; dieron a conocer la Ordenanza Municipal que permitirá, por primera vez, multar a los visitantes que no cumplan las normativas del Parque Nacional La Campana, medida aprobada por el Concejo Municipal de la comuna de Olmué, el viernes 28 de febrero, que tiene por objeto establecer las normas básicas de visita al Parque Nacional La Campana, en los sectores Granizo y Cajón Grande, ubicados en la Comuna de Olmué, y tipificar las infracciones a dichas normas y establecer las sanciones aplicables en cada caso.

En su Artículo 4º se numeran las prohibiciones, que indican “-Quedará prohibido acceder de manera individual a la cima del Cerro La Campana, excepto en casos específicos, debidamente calificados y autorizados expresamente por la CONAF. Quedará prohibido el acceso al Parque Nacional La Campana por menores de edad, que no estén acompañados por ambos padres o uno de ellos, o de un adulto responsable que porte una autorización notarial de sus padres o tutores. Los menores deben ser acompañados en forma permanente y durante toda la visita por las personas antes referidas. Quedará prohibida la escalada en todas sus modalidades, el rapel, la utilización de alas delta y parapente al interior del Parque. Se exceptuarán de esta norma, actividades puntuales, calificadas y autorizadas expresamente por la CONAF.”

Lo que tienen que tener en cuenta las personas que ingresen al Parque Nacional con la intensión de ascender hacia la cumbre o sectores altos del recinto, ya que se pueden exponer a multas que van desde 1 UTM hasta 5 UTM de acuerdo a la gravedad de la infracción.

La alcaldesa Macarena Santelices señaló que “-por el ingreso de El Granizo llega más del 52% de las personas que acceden al Parque Nacional, muchas de ellas con la intención de hacer cumbre, o ascender a las partes altas del Cerro La Campana, y son muchos los accidentes que han ocurrido incluso con muertes que lamentar; por ello se gestó este convenio con CONAF, con la intención de que la gente tome conciencia y evite cometer las faltas que señala la ordenanza…”explicó la autoridad comunal.

Por su parte el director regional de CONAF Pablo Mira destacó que “-el objetivo es prevenir accidentes, extravíos y daños a la infraestructura de este “pulmón verde” regional, declarado Reserva Internacional de la Biósfera, así como los altos costos que implican los operativos de emergencia asociados…” enfatizó el directivo regional.

Por su parte Nelson Salgado, Superintendente del Cuerpo de Bomberos de Olmué explicó que “Bomberos acuden siempre a los rescates de personas que se han extraviado o accidentado en el cerro La Campana, la mayoría de las veces por imprudencia, y no contar con la indumentaria adecuada para ascender hacia la cumbre, por no cumplir los horarios de descenso; lo que provoca el accionar de los equipos de emergencia, lo que obviamente tiene un alto costo. Muchas veces perdemos parte de la implementación de rescate en estos operativos, por lo que esta Ordenanza, regulará de alguna forma las responsabilidades de los excursionistas que ingresen al parque…”expresó el Superintendente.

Esta Ordenanza será publicada en forma integra en las páginas web de la Municipalidad de Olmué www.muniolmue.cl, y www.olmue.cl

Compartir:

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *


La Opinión Online está en Mastodon